Diversos colectivos de pacientes y organizaciones de la sociedad civil piden al Ejecutivo declarar de interés público el medicamento Trikafta®, cuyo alto costo impide el acceso para la mayoría de personas con fibrosis quística en el país.
Lima – Perú.- Diversas organizaciones de la sociedad civil y colectivos de pacientes solicitaron al Poder Ejecutivo declarar de interés público la triple terapia inmunomoduladora para fibrosis quística —elexacaftor, ivacaftor y tezacaftor— comercializada como Trikafta®, cuya patente en el Perú se extiende hasta el año 2039.
Este medicamento, considerado un hito en el tratamiento de la enfermedad, mejora significativamente la calidad y expectativa de vida de hasta el 90% de pacientes. No obstante, su elevado costo constituye una barrera crítica: el Estado peruano ha pagado S/ 823,032 por paciente/año, lo que solo ha permitido atender a 12 personas, mientras que más de un centenar permanece en lista de espera.
La declaratoria de interés público abriría la posibilidad de activar la figura de licencia obligatoria bajo modalidad de uso gubernamental, mecanismo reconocido en el Acuerdo sobre los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (ADPIC). Esto permitiría importar versiones genéricas disponibles en países como Argentina a un costo aproximado de S/ 162,000 por paciente/año, generando un ahorro superior al 80% y garantizando la sostenibilidad del tratamiento.

Experiencias internacionales refuerzan la urgencia de esta medida. Brasil, Ecuador y Colombia ya han utilizado licencias obligatorias para medicamentos de alto costo. En Colombia, por ejemplo, en 2024 se aplicó este mecanismo para el antirretroviral dolutegravir, logrando una reducción del 96.5% en el precio y asegurando su suministro continuo.
El pedido de las organizaciones se sustenta en la Constitución Política del Perú, la Ley General de Salud, la Ley de Enfermedades Raras y Huérfanas, así como en compromisos internacionales como la Declaración de Doha (OMC) y la Decisión 486 de la Comunidad Andina. Este marco legal otorga al Estado la facultad de priorizar el derecho a la salud por encima de intereses comerciales cuando la vida de los ciudadanos se encuentra en riesgo.
Las organizaciones firmantes —Los Pacientes Importan, Acción Internacional para la Salud (AIS-Perú), con el apoyo de Public Citizen e Innovarte ONG— recalcan que el Estado tiene la obligación de garantizar la continuidad y sostenibilidad del tratamiento para las personas con fibrosis quística. Con esta decisión, el Perú se sumaría a los países que han adoptado licencias obligatorias para asegurar el acceso universal a medicamentos de alto costo, reafirmando que la salud y la vida deben prevalecer sobre las patentes.
¿Sabías qué?
- En el mundo, 300 millones de personas viven con una enfermedad rara.
- En el Perú, se estima que 2 millones de personas tienen alguna enfermedad rara u huérfana (OMS).
- Sin embargo, en el Registro Nacional solo hay inscritas 2 mil personas, lo que evidencia una brecha grave en la atención y visibilización.
El colectivo Los Pacientes Importan recuerda que, pese a que en marzo de 2025 se aprobó el Reglamento de la Ley N.° 29698 de Enfermedades Raras y Huérfanas, hasta la fecha no se ha implementado:
➡️ Manual ETS-MC
➡️ Listado oficial de Enfermedades Raras
➡️ Instalación de la mesa de trabajo del PNERH
➡️ Decreto Supremo para la evaluación de casos
Además, el Plan Nacional de Prevención de las Enfermedades Raras 2021-2024 venció el año pasado. Hoy queda la pregunta:
- ¿Se implementó al 100%?
- ¿Se evaluaron sus resultados?
Las organizaciones exigen que el Ministerio de Salud implemente de manera inmediata el Reglamento y garantice un nuevo plan nacional que asegure el derecho a la salud de las personas con enfermedades raras.