Enfermeras podrán abrir consultorios privados: ¿avance profesional o respuesta a la falta de atención en salud?

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El Decreto Supremo N.° 001-2026-SA autoriza a enfermeras y enfermeros a abrir consultorios privados desde este 2026, ampliando formalmente su campo de acción. Aunque la norma es vista como un avance para la profesión, también plantea interrogantes sobre si esta medida responde al fortalecimiento del primer nivel de atención o a las carencias estructurales del sistema de salud peruano.

Lima – Perú.- A partir de este 2026, las enfermeras y enfermeros del país podrán abrir consultorios privados, tras la entrada en vigencia del Decreto Supremo N.º 001-2026-SA, publicado en el diario oficial El Peruano. La medida, impulsada por el Ministerio de Salud, modifica el reglamento de la Ley N.º 27669, Ley del Trabajo de la Enfermera(o) y amplía formalmente el campo de acción de estos profesionales dentro del sistema sanitario peruano.

La norma autoriza a las y los profesionales de enfermería debidamente titulados y colegiados a brindar atención en consultorios privados, siempre que actúen dentro de sus competencias legales. Aunque ha sido presentada como un avance histórico para la profesión, la decisión también pone sobre la mesa las limitaciones estructurales del sistema de salud y la necesidad de redistribuir responsabilidades ante una demanda de atención que el Estado no logra cubrir plenamente.

¿Por qué se toma esta decisión?

En el Perú, el primer nivel de atención enfrenta sobrecarga, escasez de personal médico y largos tiempos de espera, especialmente en zonas urbanas periféricas y regiones alejadas. En ese contexto, las enfermeras y enfermeros ya cumplen un rol clave en la atención ambulatoria, el seguimiento de pacientes, los cuidados preventivos y la educación en salud.

Sin embargo, hasta ahora, gran parte de ese trabajo se realizaba sin un reconocimiento normativo claro fuera de los establecimientos públicos o privados tradicionales. La nueva norma busca formalizar una práctica que, en la realidad, ya existía de manera limitada o informal, y permitir que la población acceda a cuidados básicos de salud sin saturar aún más los hospitales.

¿Qué podrán hacer los consultorios de enfermería?

El decreto establece que los consultorios de enfermería serán considerados establecimientos de salud, por lo que deberán cumplir con las disposiciones del Decreto Legislativo N.º 1158. Entre los principales requisitos se encuentran:

  • Brindar atención de enfermería en el ámbito ambulatorio.
  • Realizar cuidados y procedimientos de enfermería, incluidos aquellos vinculados a diagnósticos o tratamientos indicados previamente por profesionales de la salud autorizados.
  • Registrar todas las intervenciones sanitarias conforme a la normativa vigente.
  • Contar con un local adecuado, con equipamiento, materiales y recursos que garanticen una atención segura y de calidad.
  • Exhibir de manera visible el título profesional y, de corresponder, el certificado de especialidad.

La norma deja en claro que no se trata de reemplazar la labor médica, sino de fortalecer el rol de la enfermería dentro de sus funciones legales.

¿Un avance o una respuesta a la precariedad?

Tras la publicación del decreto, el Colegio de Enfermeros del Perú, encabezado por su decana nacional, la Dra. Elizabeth Alvarado Chávez, calificó la medida como un avance histórico que fortalece el ejercicio profesional y contribuye a mejorar la atención en salud a nivel nacional.

No obstante, la decisión también genera debate. Para algunos sectores, esta ampliación de funciones refleja la falta de inversión sostenida en el sistema público de salud, donde la escasez de médicos, infraestructura y presupuesto obliga a redistribuir responsabilidades sin resolver los problemas de fondo.

El desafío, advierten especialistas, será garantizar que estos consultorios funcionen con supervisión, regulación efectiva y articulación con el sistema de salud, evitando la mercantilización de la atención básica y asegurando que la medida beneficie realmente a la población más vulnerable.

En ese equilibrio entre reconocimiento profesional y respuesta a una crisis estructural, se juega el verdadero impacto de esta norma en la salud pública peruana.