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Nueva Ley 32301: ¿Cómo afecta la reforma de la APCI a las ONG y a la salud en Perú?

La reciente modificatoria legal dota a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) de facultades sancionadoras extremas. Organizaciones históricas de salud reproductiva, como INPPARES, ya enfrentan las primeras exigencias de fiscalización parlamentaria, poniendo en riesgo el acompañamiento a mujeres y poblaciones vulnerables.

La promulgación de la Ley 32301, que modifica la creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), ha encendido las alarmas en el sector de las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD). Aunque el discurso oficial apela a la «transparencia», la sociedad civil alerta sobre un mecanismo diseñado para limitar la defensa de los derechos fundamentales.

Esta norma no solo prohíbe que las organizaciones de la sociedad civil apoyen legalmente a ciudadanos frente al Estado, sino que habilita multas asfixiantes. El impacto ya es visible: instituciones enfocadas en la salud pública y reproductiva son los primeros blancos de esta ofensiva legal.

INPPARES bajo la lupa: El primer caso tras la reforma

El 16 de septiembre de 2026, el despacho del parlamentario Frank Krklec Torres envió el Oficio N° 0043-2026-2027-FKT-CD a la dirección de la APCI. El documento solicita formalmente iniciar una acción de fiscalización contra el Instituto Peruano de Paternidad Responsable (INPPARES).

¿El motivo? La presunta vinculación de recursos de cooperación internacional con decidoyo.org, un portal que brinda información y consejería sobre salud sexual, incluyendo protocolos avalados por la OMS para el uso seguro de misoprostol y datos sobre el aborto terapéutico legal en Perú.

El pedido se ampara directamente en el modificado artículo 21 de la ley de la APCI, que faculta a la agencia para investigar y denunciar un supuesto «desvío de recursos». Las sanciones bajo esta nueva normativa son drásticas: multas de hasta 500 UIT (más de 2.6 millones de soles) y la cancelación del registro institucional.

¿Qué implica la Ley 32301 para las ONG en Perú?

La reforma impone tres barreras críticas para el trabajo de las ONG en el país:

  1. Bloqueo a la defensa legal: Se prohíbe explícitamente a las ONGD asesorar o financiar litigios contra el Estado. Históricamente, el apoyo de estas organizaciones ha sido vital para pacientes con VIH o cáncer que exigen tratamientos, y para defensores ambientales que denuncian negligencias estatales.
  2. Control de proyectos: La ley exige que los fondos internacionales se alineen con las prioridades del gobierno de turno, limitando la independencia para fiscalizar temas críticos de derechos humanos.
  3. Riesgo de cierre: La imposición de auditorías y sanciones económicas millonarias genera un clima de autocensura, amenazando la sostenibilidad de las instituciones.

Riesgo para la salud de las mujeres

El oficio parlamentario, ingresado a la APCI bajo el CUD 15638-2026, utiliza alertas de la DIGEMID y el Código Penal para intentar criminalizar la difusión de información médica y de reducción de daños.

Defensores de derechos humanos y colectivos de salud advierten que perseguir a organizaciones como INPPARES por orientar sobre salud reproductiva no protege a las ciudadanas; por el contrario, vulnera el derecho de acceso a la información y expone a las mujeres a la clandestinidad y a mayores riesgos sanitarios.

En el actual escenario peruano, la Ley 32301 se perfila como una herramienta que va más allá de la supervisión financiera: es un instrumento que restringe la participación ciudadana y debilita el acceso a la justicia y a la salud para quienes más lo necesitan.

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